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Noticia: ¿LA ÚNICA VÍA PARA SOLICITAR EL INGRESO MÍNIMO VITAL ES LA SEDE ELECTRÓNICA DE LA SEGURIDAD SOCIAL?.

Publicado el - 31 Mayo de 2020
Noticia: ¿LA ÚNICA VÍA PARA SOLICITAR EL INGRESO MÍNIMO VITAL ES LA SEDE ELECTRÓNICA DE LA SEGURIDAD SOCIAL?.

El Gobierno ha aprobado una ayuda más, el Ingreso Mínimo Vital (IMV). Ésta ayuda se podrá solicitar a mediados del mes de junio, por todas aquellas personas que estén en situación de precariedad económica. Se prevé que al IMV puedan acceder más de 850.000 familias en todo el territorio nacional, dotándose de una cantidad mínima de 462€ y pudiendo llegar a los 1.015€, teniendo en cuenta la situación de cada una de las familias; hijos, dependencia, salud y otras. Se compatibilizará con otro tipo de ayudas.

Las personas que necesiten solicitar el Ingreso Mínimo Vital, deberán de hacerlo usando la Sede Electrónica de la Seguridad Social, ya que las oficinas permanecen cerradas al público por motivo del estado de alarma provocado por la pandemia del Covid-19.

La ruta a seguir una vez accede a la Sede Electrónica de la Seguridad Social es:

-Acceder al enlace que figura como, Solicitud del Ingreso Mínimo Vital.

-A continuación podemos presentar la documentación con identificación electrónica o no.

-Si es electrónica, el solicitante podrá identificarse mediante certificado digital o accediendo a través de sus claves de, usuario y contraseña.

-Deberá de presentarse como solicitante e interesado o como representante legal de otra persona. Daremos a continuar.

-Ahora pasará a cumplimentar los datos personales y adjuntar toda la documentación requerida. Asegurarse siempre de repasar la documentación, es probable que por una pequeña confusión o errata denieguen la ayuda y la persona que solicita la ayuda, pierda la posibilidad de una ayuda que necesita con urgencia.

-Existe un precedente en el SEPE. Desde éste servicio han indicado que más de 300.000 personas no han cobrado todavía la prestación de subsidio por ERTE, debido a errores que no se pudieron subsanar en el momento y ha habido que rehacer desde el principio, con el consiguiente cargo de trabajo, tiempo y recursos. Es muy importante comprobar que todos los datos son correctos antes de proceder a realizar la solicitud. Cuando hayamos comprobado que todo el proceso se ha realizado correctamente, procederá a finalizar, pulsando en firmar y enviar.

-Alguna vez aparece una ventana emergente para validar la firma digital, si figura tu DNI y el resto de los datos que figuran son válidos, acepta.

-Si se ha realizado correctamente, aparecerá otra ventana emergente en la cual figurará la fecha y su número de registro. Ya estará listo para proceder a la descarga de dicho documento justificante de la solicitud.

El ciudadano puede realizar la solicitud del IMV sin necesidad de identificación electrónica.

Desde el día 15 de junio todos los ciudadanos que cumplan los requisitos necesarios para solicitar el IMV, podrán solicitarlo y hasta el 30 de septiembre. Una vez aprobado, el solicitante lo cobrará desde el día 1 de junio, con 15 días retroactivos.

Para más información solicite cita previa con la Seguridad Social por vía telefónica o llame directamente a la S.S. Para realizar alguna consulta relacionada con el IMV.

 

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