Buscador de centros donde solicitar su cita previa DNI, cita previa ITV, hacienda, pasaporte, etc...
Noticias e información sobre cita previa.

Noticia: Nueva normativa sobre el uso de la mascarilla: excepciones de cuándo puedes no usarla

Publicado el - 20 Mayo de 2020
Noticia: Nueva normativa sobre el uso de la mascarilla: excepciones de cuándo puedes no usarla

El BOE ha publicado hoy la nueva normativa de uso obligatorio de mascarillas a partir de mañana jueves 21 de mayo. Las mascarillas serán de uso obligatorio en la vía pública, incitando así a reducir la transmisión del coronavirus. Según el Ministerio de Sanidad, este medio de control ha denotado una capacidad magnífica en el bloqueo de las gotículas de contagio.

¿Cuándo debo ponerme la mascarilla?

Según lo publicado en el BOE, se deberá portar la mascarilla en la vía pública y en cualquier espacio abierto, siempre y cuando no se pueda mantener la distancia de seguridad, esto es, cuando estemos por la calle, en escuelas, hospitales, escuelas, jardines, playas, y cualquier zona que sea pública.

Lel decreto añade: “Quedan obligados al uso de mascarillas en los espacios señalados las personas de seis años en adelante, siendo recomendable su uso para la población infantil de entre tres y cinco años”.

Pero… ¿qué podemos entender como mascarilla?

Según el BOE, “A los efectos de lo dispuesto en la presente orden, se entenderá cumplida la obligación a que se refiere el apartado anterior mediante el uso de cualquier tipo de mascarilla, preferentemente higiénicas y quirúrgicas, que cubra nariz y boca. Se observarán, en todo caso, las indicaciones de las autoridades sanitarias acerca de su uso”.

¿Y cuándo puedo NO llevar la mascarilla en contra de la orden dada?

Se contempla varias excepciones a la directriz general, como por ejemplo, si se es una persona con dificultades respiratorias o con una circunstancia de fuerza mayor. Estas excepciones son:

  • Cualquier persona que tenga dificultades respiratorias.
  • Personas que no puedan portarla por algún tipo de discapacidad o alteración de su conducta de forma inherente.
  • Causa de fuerza mayor.
  • Al desarrollar una actividad laboral que impide poder llevarla.
  • Si se está comiendo o bebiendo, incluso estando en la vía pública.

¿Y si estoy haciendo deporte?

No hay referencia alguna en el BOE respecto a esta cuestión, aunque se presupone que la práctica de un deporte es incompatible con el uso de una mascarilla debido al alto aporte de oxígeno que el organismo requiere.

El Ministro de Sanidad aclaró a este respecto que, dado que los deportes se deben practicar con una distancia mínima de dos metros, el uso de una mascarilla es innecesario.

¿Debo llevar la mascarilla si voy en el coche?

Está reglamentado que es obligatorio llevar mascarilla en el coche si se viaja con personas que no conviven juntos. El resto de casos, se está exento de usarla.

Sanciones por no cumplir con lo establecido

Si bien el BOE aún no ha especificado a cuánto puede ascender las multas, se sigue manteniendo lo habido a día de hoy, unas sanciones que pueden ir de 600 a 1.500 euros.

No obstante, el ministro Grande Marlaska ha recalcado que se procurará siempre que se pueda a instruir a la población antes de ser multada, al menos siempre y cuando no estén incurriendo en una situación escandalosa o de favorecimiento al contagio.

Según el epidemiólogo, Fernando Simón, toda esta normativa se puede resumir en un único punto: usar el sentido común y ponerse la mascarilla siempre que se pueda.

Comentarios
Deja tu comentario sobre esta noticia
 
WEB INDEPENDIENTE, INFORMATIVA Y PUBLICITARIA. NO TIENE NINGÚN TIPO DE RELACIÓN CON SERVICIOS OFICIALES.