Noticias e información sobre cita previa.
Desde el comienzo de la pandemia la primera quincena del mes de marzo y tras la aprobación del Real Decreto Ley por el cual se establecía el estado de alarma con motivo de la pandemia producida por el coronavirus Sars-CoV-2 y la patología Covid-19. El Gobierno va a aprobar el Ingreso Mínimo Vital, el cual garantiza un ingreso de hasta 1.015 euros, para las familias que se encuentran en estado de precariedad, por falta de liquidez debido al parón laboral y a la recesión económica. Las consideraciones que incluirá serán:
-La Seguridad Social, para reconocer que una familia está en situación precaria, las rentas anuales sumadas a la media de los ingresos mensuales del conjunto del hogar en el año 2019, no pueden ser superiores a la cantidad que éste tenga asignada a cobrar, conforme a la situación y composición familiar actual. Se ha anunciado el primer cobro para el mes de junio de 2020.
-Sólo podrán solicitar a la Seguridad Social el Ingreso Mínimo Vital, las personas mayores de 23 años y menores de 65, así como las personas que viviendo como pareja o solas puedan demostrar que ésta condición se cumple desde hace más de tres años, para evitar que se use el Ingreso Mínimo Vital para irse de casa y emanciparse, que aunque necesario no es el propósito de ésta ayuda. Si hubiere personas a su cargo, no habría límite de edad mínima. Podrán pedir cita previa a la Seguridad Social telefónicamente.
-En el caso de que la familia tenga un patrimonio igual o superior a los 100.000 euros, no podrá optar al Ingreso Mínimo Vital. En dicho patrimonio se incluyen las viviendas, ahorros, depósitos, acciones, bonos y otros bienes que tuviera declarados y a su nombre.
-Para poder solicitar la ayuda a la Seguridad Social se tiene en cuenta la residencia del solicitante, no su nacionalidad y tiene que poder demostrar residencia en el territorio del Estado de España con anterioridad al año, contado desde la fecha de solicitud del Ingreso Mínimo Vital y en el citado año de residencia, no se podrán haber superado los tres meses fuera de España. Cualquier duda al respecto, llame al teléfono y la Seguridad Social le proporcionará toda la información al respecto y la forma de pedir cita previa.
-Desde el Gobierno se ha trasladado la intención de que el Ingreso Mínimo Vital, no tenga carácter temporal, sino que es una ayuda necesaria para el desarrollo social y económico de los ciudadanos y como tal se establece indefinidamente. Obviamente no habrá un plazo para su solicitud y una vez concedido y cumpliendo con los requisitos, la familia o individuo podrá seguir cobrándola mes a mes, durante el tiempo en el cual siga cumpliendo con éstos.
-El Ingreso Mínimo Vital, será compatible con las demás ayudas que la familia o el individuo pudieran estar percibiendo. Uno de los requisitos principales es que la persona o personas que lo solicitan, estarán obligados a pedir primero todas las ayudas, prestaciones o pensiones, las cuales pueda percibir por derecho.
-El cálculo que realizará el Ministerio para cuantificar la ayuda que le corresponde a cada uno de los individuos o grupo familiar, en función de las cuantías que ya perciban como ingresos, las edades de los componentes de la familia. Para una familia con un hijo se fijan 738 euros mensuales y si el año pasado ya percibían una media de 600 euros mensuales, el Ingreso Mínimo Vital que les corresponderá será de 138 euros al mes, la diferencia hasta alcanzar la cifra que les corresponda.
Escrita el 15 Junio de 2020
Como se pide cita previa para ingreso minimo gracias.
Escrita el 17 Junio de 2020
Como se pide cita para renta minima vital
Escrita el 23 Junio de 2020
Como se pide cita para solicitar ingreso minimo vital
Escrita el 29 Junio de 2020
Necesito una cita para solicitar el ingreso minimo vital q al tel 901106570 es imposible
Escrita el 02 Agosto de 2020
Se supone que por internet pero no lo facilitan para nada