Noticias e información sobre cita previa.
Vamos pasando de fase en fase y acercándonos más y más al final de la desescalada. Por ello ha aumentado la libertad de movimiento y la salida de la una importante parte de la masa trabajadora. Como consecuencia el aumento del tráfico en nuestras carreteras ha sido importante y por todo ello la Dirección General de Tráfico nos recuerda los límites de velocidad establecidos para todos y cada uno de los tipos de vías por las que circulamos.
Tenemos que ir volviendo a la nueva normalidad poco a poco. Pero cada semana cambiamos de fase y aunque todas las semanas que llevamos confinados hayan mermado nuestras capacidades de conducción, hemos de ponernos al día en las normas que debemos de cumplir y también en el estado de nuestro vehículo, el cual en este tiempo sólo ha realizado recorridos de corto alcance, para abastecernos de productos de primera necesidad; productos farmacéuticos, alimentación, centros de salud, hospitales y demás actividades permitidas.
La desescalada va poco a poco llegando a su fin y con ella el fin del confinamiento riguroso. Se prevé, ya que todo está supeditado a la situación sanitaria de control de la pandemia, que pasada la Fase 1 en la que se encuentra la mayoría de las zonas del país, que se vayan abriendo las carreteras a la circulación y fluyan los desplazamientos, de momento dentro de la misma provincia o zona de igualdad en el nivel de contagio.
La DGT ha empezado a informar, por medio de medios digitales y redes sociales los límites de velocidad permitidos, según el tipo de vehículo y vía por la que esté circulando. Es una información muy interesante y preventiva, ya que poco antes del comienzo del estado de alarma y su confinamiento se llevaron a cabo modificaciones en el reglamento. El desconocimiento de dicho reglamento no exime de su cumplimiento y por lo tanto de la correspondiente sanción por ello.
Los límites de velocidad y características de los vehículos son:
-Los vehículos con PMA no superior a 3.500 kg; Pick-ups, turismos, autocaravanas y motocicletas, tendrán una velocidad máxima en autopistas y autovías de 120 km/h y en el resto de carreteras de 90 km/h, salvo señal que indique lo contrario, por el estado o trazado de la misma.
-También los vehículos con PMA no superior a 3.500 kg; vehículos adaptados, transformados y autobuses de pasajeros, tendrán un límite en autopistas y autovías de 100 km/h y en el resto de vías de 90 km/h.
-El resto de vehículos con PMA igual o superior a 3.500 kg; sean camiones, furgones, furgonetas, tractocamiones, grandes autocaravanas, vehículos articulados, con remolque y demás vehículos autorizados a circular por las vías públicas. En autopistas y autovías no superarán los 90 km/h y en el resto de vías 80 km/h.
-Los ciclomotores podrán circular por autopista y autovía a una velocidad máxima de 45 km/h, y las bicicletas sólo podrán circular por autovía, pero a la misma velocidad que los ciclomotores.
Para más información no dude en pedir cita previa a la DGT, en espera de la apertura de sus instalaciones, siguen prestando servicio telefónicamente. Concierte su cita.