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Según los datos oficiales ofrecidos por la DGT, estos meses estivales contarán con 1.312 radares vigilando que se cumplen las normas de circulación en las carreteras y autovías nacionales. El listado de radares y su ubicación es una información pública a la que se puede acceder desde la propia web de la DGT, aunque muchos conductores desde plataformas no oficiales como iSocialDrive, están denunciando la existencia de radares ocultos que no aparecen en dichos listados.
Lo primero a tener presente, es que tanto los radares fijos como los móviles deben estar obligatoriamente listados por la DGT. De no cumplirse ese hecho, la posible sanción no daría a lugar por incurrir la DGT en un error legal al que tiene obligación de cumplir.
El problema, no obstante, comienza cuando determinadas comunidades autónomas adoptan las competencias de dichos radares, casos como Cataluña o el País Vasco. Los cambios que estas hagan con los radares en sus territorios no tienen por qué aparecer en el listado público.
Además, hay que recordar que la propia DGT ha informado que muchos de los radares suscritos en el listado son falsos, o mejor dicho, es una caja vacía que ni mide la velocidad ni hace fotografías de los coches. Actúan como señuelo para disuadir a los conductores a que puedan cometer alguna imprudencia. No obstante, la propia DGT ha declarado que, si bien hoy son una caja vacía, mañana puede estar llena con un radar totalmente operativo y funcional.
El caso es que la DGT, en favor de mejorar la circulación por las carreteras del Estado durante posibles tramos conflictivos, épocas de mucho tránsito o debido a una alta siniestralidad puntual, puede ubicar radares móviles en determinadas zonas sin tener que publicar su ubicación en el listado oficial.
Esos radares pueden ser desde un simple trípode oculto tras una valla, hasta un coche con el cinemómetro integrado en su salpicadero o un helicóptero Pegasus volando sobre nosotros, además de la reciente incorporación de drones que nos vigilarán desde el aire.
Lo que sí es cierto y que queda definido en los medios legales que regulan las leyes de conducción, es que la DGT debe avisar de la existencia de dicho radar, en la medida de lo posible, haciendo uso de los letreros luminosos cercanos. Si no hay ninguno, claro está, la cosa está complicada y pocos avisos van a tener los conductores de que en 500 metros hay un radar esperándolo.
Haciéndose eco de esta noticia, la DGT ha querido salir del paso enunciando las verdades y mentiras sobre este hecho, definiendo bien claro una serie de puntos.
El primero es que los listados de la DGT deben enunciar la localización de los radares fijos, pero no de los móviles. Estos radares camuflados pueden posicionarse en cualquier punto de las carreteras españolas sin previo aviso en los listados para asegurar el correcto cumplimiento de las normas de tráfico, aunque eso sí, se deberá avisar con los letreros luminosos de las carreteras de su existencia.
El segundo punto trata sobre los radares incorporados en los drones o los helicópteros, que al abarcar extensos tramos de kilómetros, no da a lugar que sean listados.
El tercer y último punto, define que debido a que muchas carreteras de la geografía española no disponen de paneles luminosos para avisar de la existencia de un radar, se podrá seguir poniendo el radar móvil sin avisar.