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La DGT adaptará su normativa para vehículos con Sistema de Estacionamiento Asistido.

Publicado el - 13 Marzo de 2016
La DGT adaptará su normativa para vehículos con Sistema de Estacionamiento Asistido.

La Dirección General de Tráfico ya ha establecido una instrucción para la utilización de los Sistemas de Estacionamiento Asistido y prevé que en un futuro se pueda modificar la normativa para permitir la obtención de un permiso restringido, similar al que ya existe para los vehículos automáticos, que permita conducir este tipo de vehículos que cuenten con este sistema de estacionamiento asistido, sin que tengan que pasar la prueba de estacionamiento en el examen práctico.

Hoy en día y gracias a los avances tecnológicos, la mayoría de los automóviles de nueva creación llevan incorporados todo tipo de sistemas adaptados de ayuda a la conducción. Según la DGT estos sistemas ayudan a realizar una maniobra muy frecuente que el usuario realiza continuamente en las vías urbanas, facilitándole así la maniobra de aparcamiento en unas condiciones mayores de seguridad. Estos sistemas son conocidos como ADAS, son las siglas en inglés de (Sistema Avanzado de Asistencia a la Conducción). La DGT ha publicado una instrucción en la cual se define que es este sistema y cómo debe de utilizarse.

El sistema ADAS actúa automáticamente sobre los sistemas de frenado, aceleración y dirección del vehículo, permitiendo realizar la maniobra de aparcamiento sin la intervención del conductor. Puede utilizarse siempre y cuando cumpla las condiciones establecidas en la normativa del CEPE, Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa y se establezca una distancia máxima de 15 metros entre el comienzo y la finalización de la maniobra, siempre que esta se realice dentro del vehículo. Cuando se realice la maniobra desde fuera del vehículo, la velocidad máxima para la realización de la misma será de 5 kilómetros/hora, siendo la posición del conductor optima para tener libertad total de movimiento, un campo de visión adecuado y total atención, siendo la distancia máxima entre el conductor y el vehículo, de 4 metros.

Siempre va a ser el conductor el responsable de la maniobra que efectúe el vehículo, al igual que en otros sistema autónomos ya implantados como; frenada autónoma de emergencia, control de velocidad, asistencia para cambio involuntario de carril y otros.

Todos los vehículos que incorporen sistemas ADAS podrán ser registrados en el Registro de Vehículos de la DGT, con el objetivo de recabar toda la información de su implantación en los diferentes vehículos que circulan por nuestras carreteras y poder medir así su impacto en los datos de seguridad y siniestralidad, para seguir mejorando hacia la cifra utópica de cero accidentes.

 

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