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Noticia: Cambios en los plazos para renovar el carné de conducir y para pasar la ITV, pues el plazo de 60 días ya no está vigente

Publicado el - 09 Junio de 2020
Noticia: Cambios en los plazos para renovar el carné de conducir y para pasar la ITV, pues el plazo de 60 días ya no está vigente

El último anuncio de la DGT alerta que los permisos de conducir que caduquen a partir del 1 de junio ya no disponen de ningún plazo extra para renovarlos, incluso aunque el estado de alarma siga vigente. La única excepción son los permisos que caducaron entre el 14 de marzo y el 31 de mayo, que sí tienen una prórroga de 60 días naturales.

Nuevos plazos para el carné de conducir 

Esto ha sucedido tras la aplicación de las últimas directrices aprobadas por el Gobierno a finales de mayo en donde reanudaba los plazos administrativos al 1 de junio, o lo que es lo mismo, mucho antes de que se dé por acabada la última prórroga del estado de alarma (que sucederá el 21 junio).

Esto implica que los conductores cuyo permiso de conducir expire a partir de ese 1 de junio, dejarán de contar con la prórroga de 60 días hábiles, como estaba previsto en un principio. Siguen estando englobados dentro del estado de alarma, sí, mas la directriz de hacer retroactivo al 1 de junio los plazos administrativos, rompe esa norma.

En conclusión, solo los aquellos permisos que caduquen entre el 14 de marzo y el 31 de mayo dispondrán de dos meses más de gracia.

No obstante, todos los Centros de Reconocimiento de Conductores abrieron de nuevo sus puertas al público desde hace casi un mes. Recordemos que es allí donde se tramita la renovación del carné tras hacer las pruebas médicas y de habilidad pertinentes.

ITV también afectada por el nuevo Real Decreto

Este nuevo Real Decreto afecta igualmente a las prórrogas de las ITV, que se adelantan al 1 de junio para aquellos casos en los que la inspección se realizó antes de asentarse el estado de alarma y cuyo resultado fue inspección desfavorable.

Como ejemplo, si un conductor pasó la ITV el 14 de febrero y obtuvo un resultado desfavorable, hasta el 14 de marzo, ese conductor agotó un mes de los dos que dispone de gracia para realizar la segunda inspección. Al reanudarse el plazo el 1 de junio, este usuario dispondrá de un mes restantes para pasar esa segunda inspección, es decir, tendría hasta el 1 de julio para presentarse en los centros de la ITV.

¿Y qué pasa si, en este ejemplo, se pasa la ITV más allá del 1 de julio? Pues que se estipula que ya no está en esos dos meses de extensión, y por lo tanto, no sería una segunda revisión para revisar si se corrigieron los desperfectos observados, sino que sería tratada como una primera revisión de nuevo, y por ende, el conducto deberá abonar las tasas de nuevo.

Para todas aquellas ITV que expiraran cuando comenzó el estado de alarma, se conserva la flexibilización de plazos que el Gobierno aprobó el pasado mes de mayo. Seguiría contando la ampliación de 15 días naturales el plazo de validez de los certificados de ITV.

Recordemos que la prórroga que aprobó el Gobierno para las ITV fue consecuencia de la solicitud que realizó la Asociación Española de Entidades Colaboradoras de la Administración en la Inspección Técnica de Vehículos (AECA-ITV) ante el gran colapso que se vehículos que se aglutinó en sus centros de inspección.

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