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El Servicio Estatal de Empleo tiene entre sus varias prestaciones a la ciudadanía, una ayuda para toda persona mayor de 52 años que haya extinguido el cobro de la prestación por desempleo que le correspondía, así como si está dado de alta como demandante de empleo. Esta ayuda, que es de 430 euros mensuales, recibió el nombre de subsidio para mayores de 52 años, y está operativa desde hace varios meses ya.
Así pues, si se tiene más de 52 años, no se encuentra trabajo y se está dado de alta en el SEPE, se puede recurrir a este subsidio extraordinario. Se abona como paga completa independientemente si se solicitó a mediados o finales del mes, y se cobra de igual forma que el paro, esto es, en la primera quincena del mes corriente.
Se puede pedir cita online de forma presencial en la Oficina de Empleo más cercana del domicilio. Eso sí, este método implica tener que respetar las medidas sanitarias de distanciamiento, lo que provoca colas más largas antes de ser atendido, a parte del posible colapso que pueda haber antes de que puedan encontrar un día libre para la cita.
Por otro lado, se puede tramitar desde la Sede Electrónica del SEPE, donde se hace necesario disponer de un certificado electrónico o método de identificación afín.
Por último, se puede también recurrir al correo administrativo disponible desde la propia página web del SEPE. Tras enviar el correo, la Administración contactaría al demandante en un plazo variable de días.
Si se cumple todos esos requisitos, la prestación se tramitaría y aprobaría en un plazo inferior al mes, produciéndose el primer abono en la primera quincena del mes siguiente. Eso sí, cada año se debe presentar una declaración de las rentas actualizada donde se haga constar que se sigue en las mismas condiciones económicas de cuando se envió la solicitud.