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El Registro Civil está formado por los Registros Municipales, por los Registros Consulares y por el Registro Civil Central. Los Juzgados de Paz actúan como Registros Civiles Municipales Delegados.
Para localizar el registro civil de su comunidad, provincia y localidad, puede consultar en el siguiente enlace de la web del Ministerio de Justicia.http://www.mjusticia.gob.es/BUSCADIR/ServletControlador?apartado=buscadorGeneral&tipo=RC&lang=es_es
Dependiente del Ministerio de Justicia, es el organismo donde se inscriben los hechos que no se pueden hacer en otro registro competente. En el registro civil central se engloban los libros formados con los duplicados de las inscripciones sobre modificaciones judiciales de la capacidad de obrar, constitución y modificación de cargos tutelares, prórroga o rehabilitación de la patria potestad, medidas judiciales sobre guarda o administración de presuntos incapaces o menores no sujetos a patria potestad, vigilancia o control de tales cargos, y constitución de patrimonios protegidos y designación y modificación de administradores de patrimonios protegidos practicadas en los distintos Registros Municipales.
En el registro civil central se inscriben datos sobre el nacimiento de españoles ocurrido en el extranjero, la adopción constituida en el extranjero, las modificaciones de nacionalidad y vecindad de personas nacidas en el extranjero, el matrimonio secreto, y la defunción de españoles ocurrida en el extranjero.