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Tras la aprobación del Ingreso Mínimo Vital, han surgido dos problemas principales en su contra, una por parte de Europa, que ve la medida como contraria tras ser aceptado el fondo de rescate que se enviará para España a principios del año 2021, y otra por parte de las arcas de la Tesorería, que van a quedar muy mermadas por el alto coste que implica llevar a cabo la nueva ley.
Y es que, el Ministerio de la Seguridad Social ha previsto que el coste total de la ayuda mínima ascenderá a los 3.000 millones de euros al año, un monto que se financiará a través de los Presupuestos Generales del Estado, y que beneficiaría a 850.000 hogares aproximadamente. Además, esta ayuda no es exclusiva y podrá complementarse con otras rentas salariales y prestaciones que otorguen las autonomías.
Existe un temor reinante de que la Comisión Europea imponga a España redactar una modificación en la prestación mínima. Hay que tener presente que dicha Comisión es el órgano que se ha ocupado de fiscalizar todas las medidas económicas que el Gobierno ha ido aprobando.
Ahora más que nunca, luego de la crisis económica del COVID-19, el cometido interventor del Consejo Europeo integrado por los 27 jefes de estado de la Unión Europea ha ganado enteros, poseyendo la última palabra a la hora de decidir si se entregará dinero a España o no. Lo que sí está claro, según lo que se redactó en la última reunión de dicha Comisión, es que el Ingreso Mínimo Vital no ha sido una propuesta abrazada por ninguno de los integrantes y, por lo tanto, se augura que serán poco generosos a la hora de dictaminar cuanto será el capital de rescate que se aparte para el país.
Para intentar solventar ese malestar del Comité Europeo, el Gobierno está barajando modificar ya mismo la ayuda para que todo beneficiario de la misma tenga que aceptar la labor de desempeñar trabajos de colaboración social a cambio de poder seguir recibiéndola.
Los trabajos a llevar a cabo serán de jardinería, limpieza de calles, reforestación y casi cualquier otro cometido que sea sencillo de enseñar y aplicar para quien no disponga de conocimientos técnicos.
El primer colectivo que se ha seleccionado para desempeñar estas labores es el de los parados que están cobrando el Ingreso Mínimo Vital. Para tal efecto, se sintetizarán diversos programas de interés social que den valor a la comunidad como conciertos y festejos determinados, haciendo que los organismos dispongan de una herramienta para solicitar la aportación de mano de obra al Servicio Público de Empleo.
El SEPE tendrá que discriminar a los desempleados que cobran la prestación y que, de alguna forma, puedan ajustarse al perfil demandado, enviando dicha información al organismo público que lo solicitó. Tras ello, los parados deberán someterse a un proceso de selección.
Los trabajos deben ser requeridos siempre por una Administración Pública, teniendo presente que deben cumplir que sean de utilidad social, que sean temporales, que concuerde con las aptitudes físicas y formativas del ciudadano seleccionado, y que no suponga un cambio de residencia habitual.
El SEPE tendrá potestad para exigir que se acepte dichos trabajos por tanto tiempo como dure el subsidio, dejando claro que ello no implicará que exista ningún tipo de relación laboral entre el desempleado y la administración donde llevará a cabo la labor.
Es decir, el parado tendrá derecho a percibir la prestación por desempleo más un complemento hasta llegar al importe total de la base reguladora que se utilizó para el cálculo de su prestación contributiva, o sea, aproximadamente se cobra lo mismo que la media de lo que cobró el trabajador en sus últimos seis meses de trabajo antes de pedir el paro. En todo caso, se garantiza el Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
Aún sin existir relación laboral, la Administración cumplirá con las coberturas de contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y arremeterá con los ingresos correlativos en la Tesorería General según las cuotas de Seguridad Social que corresponda.
Los empresarios han mostrado cierto malestar acerca de esta medida al contemplar que podrá provocar el desincentivo para buscar activamente empleo. Si se percibe dinero del Estado, el trabajador puede recaer en no querer buscar empleo para salir de su situación de pobreza, ya que recibe la prestación de IMV además de la remuneración por la labor que lleva a cabo.
Lo que sí está claro en la redacción esta modificación del IMV, es que el desempleado que se beneficie de dicha ayuda deberá estar inscrito como demandantes de empleo (como ya se contemplaba) y no podrá rechazar el trabajo social que se le asigne, o perderá la ayuda de forma inmediata.