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Dado el alto número de solicitudes del Ingreso Mínimo Vital que está recibiendo la Seguridad Social, dicho organismo ha trazado un plan para agilizar los trámites de las solicitudes consistente en cruzar los datos habidos con la Agencia Tributaria para cotejar así automáticamente si los solicitantes están superando el límite de patrimonio permitido o si son titulares de alguna sociedad mercantil, unos hechos que denegarían el acceso a la prestación. El problema que está sucediendo es que, en alguna parte de esa automatización, se está adjudicando sociedades mercantiles fantasmas a las familias que efectuaron el trámite y que están en situación de vulnerabilidad, cuando la realidad es que dichas familias ni son posesoras de una empresa o, si la tuvieron, ya está dada de baja desde hace mucho tiempo.
La Asociación Víctimas del Paro está llevando una protesta formal y la sucesiva demanda contra la Seguridad Social por lo que ellos consideran una estrategia para justificar el sistema colapsado usando para ello falsas hipótesis. El mensaje que muchas familias han recibido tal a “Se ha constatado que su caso no acoge los requisitos establecidos legalmente para poder ser tipificado como estar en una situación de vulneración económica, ya que se constata que es administrador de una sociedad mercantil”. Desde la Asociación se quejan de que dichas familias ni han tenido relación con una sociedad mercantil ni saben lo cómo se funda una, y aún habiendo algunos casos en los que sí se cumplió eso en el pasado, hace más de una década que la empresa se dio de baja.
La Asociación también protesta porque en el correo no consta ningún número de teléfono al que poder llamar ni ninguna otra vía de contacto donde poder plasmar reclamaciones. La Asociación Víctimas del Paro lo tienen claro al respecto, y sostienen que el envío de este tipo de correos es parte de un plan desarrollado por la Seguridad Social para quitarse de encima los problemas que está teniendo en la adjudicación del IMV, ralentizando el proceso y ganando así tiempo mientras se sostiene que la culpa es del sistema o de la falta de documentación aportada.
Desde la Agencia Tributaria se ha insistido en que el fallo de empresas fantasmas ha perjudicado a unos pocos casos que ya se está viendo y solventando. Sin embargo, los que tuvieron una empresa ya inactiva y se les sigue penando, aún no han declarado nada más aparte de que no es tanto un error del sistema, sino una falla en la redacción del artículo 8 del Real Decreto-ley 20/2020, pues ahí se expone que se excluirá del acceso al Ingreso Mínimo Vital de forma efectiva y sin valorar el patrimonio del individuo, a todo aquella persona que sea beneficiario por él mismo o mediante alguno de los integrantes de su familia, de ser administrador de una sociedad mercantil. Es decir, no se especifica que dicha empresa deba seguir en activo y generando ingresos.
Desde la Agencia Tributaria se han comprometido a evaluar dichos casos y trasladar al ministerio respectivo el cambio que se debe hacer, brindando así que las familias más perjudicadas puedan obtener la necesita ayuda lo antes posible.